lunes, 27 de septiembre de 2010

NOTICIA (SEMANA 2)

La noticia es la siguiente: abandono de menores
Según el artículo 229.2 del código penal,  si el abandono de un menor de edad fuere realizado por los padres, tutores o guardadores legales, se impondrá la pena de prisión de dieciocho meses a tres años.

Cada vez que hablamos de abandono hacemos referencia a la renuncia voluntaria, intencional y absoluta de los derechos o propiedades sin traspasar su titularidad a ninguna otra persona. Es decir, el abandono de un niño supone renunciar a él, a sus derechos, supone una desatención premeditada de su hijo, en este caso la madre ha decidido renunciar a los derechos de sus tres hijos al abandonarlos sin intención de volver.  

En mi opinión, ante estos casos la ley debería ser algo más estricta, una pena de 18 meses a 3 años me parece reducida para un caso como este en el que los niños están quedando totalmente desatendidos. Además de una pena de prisión la madre debería de pasar una pensión mensual a cada uno de sus hijos hasta la mayoría de edad.

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