lunes, 29 de noviembre de 2010

NOTICIA (SEMANA 11)

La siguiente noticia nos habla sobre un padre que mata a su hijo menor de 14 meses, para vengarse de su mujer. Los hechos sucedieron en Betanzos, La Coruña. La mujer quería divorciarse del marido y éste la amenazó con matar al hijo. El pasado sábado encontraron la furgoneta del marido con el cadáver del hijo que había sido quemado.

noticia asesinato familiar

            Dentro del Código Civil, nos encontramos con los siguientes artículos que hacen referencia a la familia. El artículo 67 dice que "Los cónyuges deben respetarse y ayudarse mutuamente y actuar en interés de la familia" en este caso, el marido no cumplió con el interés familiar. El artículo 68 dice que "Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo", el marido tenía la obligación del cuidado del menor.

        Al haber cometido un asesinato, el código penal dice en su artículo 139 que: "
Será castigado con la pena de prisión de quince a veinte años, como reo de asesinato, el que matare a otro concurriendo alguna de las circunstancias siguientes:
  1. Con alevosía.
  2. Por precio, recompensa o promesa.
  3. Con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido."
       Por lo tanto, el marido tendrá una pena mínima de 15 años por asesinato de su primogénito.

miércoles, 24 de noviembre de 2010

NOTICIA (SEMANA 10)

La noticia que voy a analizar trata sobre si el cartel de información sobre la "muestra de comics en Valencia", es plagio o simplemente es un homenaje al dibujante Irwin Hansell, ya que tiene ciertas similitudes con una de las portadas de los comics que realizó en 1947.
noticia plagio

Si este fuera plagio, esto podría ir en contra de la propiedad intelectual que viene mencionada en el Código Civil, artículo 428: "El autor de una obra literaria, científica o artística, tiene el derecho de explotarla y disponer de ella a su voluntad" y, en el artículo 429 que dice que "La Ley sobre propiedad intelectual determina las personas a quienes pertenece ese derecho, la forma de su ejercicio y el tiempo de su duración. En los casos no previstos ni resueltos por dicha ley especial se aplicarán las reglas generales establecidas en este Código sobre la propiedad".

Por el momento no parece que vayan a denunciar a los creadores de dicho cartel, puesto que tal y como consta en la noticia, se lo han tomado como un tributo, ya que la editorial que publicó la portada en 1947 centrará el acontecimiento en Valencia.

miércoles, 17 de noviembre de 2010

NOTICIA (SEMANA 9)

La noticia que voy a comentar a continuación  trata de como una mujer tuvo que acudir al Hospital de Albacete por encontrarse en mal estado general junto con fiebre y disnea. Tras haber sido diagnosticada se le administraron drogas vasoconstrictoras durante al menos 9 días, en dosis bastante elevadas, por lo que presentó isquemia y necrosis profunda en miembros inferiores y superiores, por los que se procedió a la amputación de ambas manos y piernas.

noticia negligencia

Nos encontramos ante un caso de negligencia médica. Según el artículo 1902 del Código civil : " El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado".

Al tratarse de la Sanidad Pública, también hay que considerar el artículo 106.2 de la Constitución Española de 1978: "Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes o derechos, salvo que en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos".

Y si nos atenemos al artículo 149 del código penal sabremos que: " El que causara a otro, por cualquier medio o procedimiento, la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro principal, o de un sentido, la impotencia, la esterilidad, una grave deformidad, o una grave enfermedad somática o psíquica, será castigado con la pena de prisión de seis a 12 años."
Para saber la sentencia tendremos que esperar, pero lo que está claro es que la mujer recibirá una indemnización proporcionalmente pequeña para el daño que le han causado.


martes, 9 de noviembre de 2010

NOTICIA (SEMANA 8)

La siguiente noticia nos habla de un caso de calumnia. Esta habla sobre cómo Canches, candidato al Gobierno Regional del Callao, considera como falso un documento policial en el que se dice que los disparos hacia su vehículo fueron dirigidos hacia abajo y no directamente, y a una distancia mayor a los 50 metros. Se piensa que este niega lo que dice el documento para dar lástima y obtener un mayor número de votos para las elecciones.

Según el código penal artículo 211 “La calumnia y la injuria se reputarán hechas con publicidad cuando se propaguen por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier otro medio de eficacia semejante”. En cuánto a la pena, según el artículo 215 del código penal "Nadie será penado por calumnia o injuria sino en virtud de querella de la persona ofendida por el delito o de su representante legal. Se procederá de oficio cuando la ofensa se dirija contra funcionario público, autoridad o agente de la misma sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos", por lo tanto, al tratarse en este caso de una persona pública y influir en su cargo político, la pena de este se llevará a cabo por un Juez o Tribunal sentenciador.

noticia calumnia

jueves, 4 de noviembre de 2010

NOTICIA (SEMANA 7)

La siguiente noticia nos habla sobre un caso de infidelidad en el matrimonio. Uno de los cónyuges no ha respetado al otro siéndole infiel con el hermano del otro cónyuge. El marido reclama la custodia de los hijos, el abandono del hogar de su mujer, una pensión compensatoria de 500 euros al mes y además la mitad de la empresa de su mujer.


La sentencia dictamina que según el artículo 68 del código civil “Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo”.

Por lo tanto, el marido obtendrá lo que reclama, es decir, la custodia compartida de los hijos, el domicilio conyugal pero por residir en el los hijos, 500 euros al mes pero como pensión alimenticia para los menores y la mitad de las sociedades gananciales.

lunes, 25 de octubre de 2010

FUNDACIÓN

La Fundación Estadio Fundazioa, fundada en 1983, es una iniciativa de Caja Vital Kutxa, creada para expresar su compromiso con la promoción de una cultura del deporte y con la práctica regular de actividad física.

La Fundación pretende ser más que un centro deportivo y ser reconocida como un modelo de organización dedicada al desarrollo del deporte sostenible social, económica y medioambientalmente.
Esta ha sido constituida por Caja Vital Kutxa como una entidad privada de carácter cultural con el objeto de promover y posibilitar la realización de actividades deportivas, socio-culturales y recreativas en el recinto y locales que Caja Vital Kutxa posee en Vitoria-Gasteiz. Tiene como misión facilitar la enseñanza y práctica de los deportes que se desarrollen en su ámbito de actuación, procurando el sostenimiento de las instalaciones adecuadas y desempeñando la gestión de cuantas actividades puedan estar en relación con su fin socio-cultural.
De acuerdo con la Ley 12/1994 de Fundaciones del País Vasco el máximo órgano de gobierno de la Fundación Estadio S.D. es su Patronato del que se designó una Comisión Ejecutiva.

El Patronato está constituido por los miembros que integran el Consejo de Administración de Caja Vital Kutxa, así como por su Director General, Secretario General -que actúa de Secretario del Patronato- y el Director de su Obra Socio-Cultural. Es Presidente del Patronato el que lo sea del Consejo de Administración de Caja Vital Kutxa. El Patronato se reúne en el domicilio social u otro lugar, como mínimo, una vez al semestre. Los cargos de los integrantes del Patronato son absolutamente gratuitos y, cuando se produce una vacante, se procede a cubrirla mediante acuerdo de los restantes miembros.
El Patronato ha designado una Comisión Ejecutiva para la gestión de la fundación  integrada por el Presidente, dos miembros del Patronato Vicepresidentes en el Consejo de Administración de la Caja Vital Kutxa, dos Consejeros Generales no pertenecientes al Consejo de Administración de Caja Vital Kutxa designados por el Patronato, el Director General, el Secretario General y el Director de la Obra Social de Caja Vital Kutxa y en la que delega, con las limitaciones legales, parte de sus facultades. Esta Comisión Ejecutiva está asistida en sus reuniones por el Director de la Fundación Estadio S.D, la comisión se reúne cuando la convoca su Presidente y son Presidente y Secretario de la Comisión Ejecutiva el Presidente y Secretario del Patronato o persona en quien deleguen.

NOTICIA (SEMANA 6)


Esta noticia nos habla sobre la huelga general que tomó lugar el 29 de septiembre de este año. Según el artículo 28.2 de la Constitución española el derecho de huelga está reconocido como un derecho fundamental. En concreto, este precepto constitucional establece que “se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses”. La huelga es motivo de la nueva reforma laboral que quiere implantar el presidente del gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, ante esta propuesta sindicatos y partidos políticos como CCOO, UGT y CES protestan para que esta reforma no sea implantada.